La defensa presentada por el Movimiento Liberal Nasrallista ante la sanción de L146.4 millones impuesta por la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización (UFTF) abrió una discusión sobre el alcance de las responsabilidades financieras que corresponden a los candidatos durante una campaña electoral.
El movimiento ha sostenido que Salvador Nasralla participó en la gestión de aportaciones para su campaña, pero que no tenía bajo su responsabilidad directa la administración, ejecución o liquidación de los recursos. Según su explicación, esas funciones estaban distribuidas entre la Comisión Nacional de Campaña, la Comisión de Finanzas y otras estructuras internas.
La legislación de financiamiento político establece obligaciones de rendición de cuentas para los sujetos obligados, entre los que se encuentran los candidatos. La normativa contempla, además, disposiciones específicas relacionadas con la notificación de aportaciones privadas y el registro de las operaciones financieras.
El caso de Nasralla está relacionado con 21 aportaciones privadas que sumaron L73,228,860 y que, según la UFTF, no fueron notificadas oportunamente conforme a las disposiciones aplicables. Por ese motivo, la Unidad impuso una sanción de L146,457,720, equivalente al doble del monto observado.
Uno de los puntos planteados por el movimiento es que las aportaciones estaban identificadas y que existía documentación de respaldo. También ha señalado que los recursos fueron depositados en una cuenta destinada exclusivamente a la campaña presidencial.
Sin embargo, la UFTF ha precisado que la sanción no corresponde a la falta de presentación del informe financiero de campaña, sino a la notificación considerada extemporánea de las 21 aportaciones. La entidad sostiene que los formatos correspondientes fueron presentados posteriormente a la recepción de los fondos.
La controversia, por tanto, se concentra en determinar cómo se aplican las obligaciones legales a los distintos integrantes de una estructura de campaña y cuál es el alcance de la responsabilidad que corresponde al candidato frente a las funciones delegadas a responsables financieros u otras instancias.
Mientras el movimiento de Nasralla cuestiona la resolución y prepara su defensa por las vías correspondientes, la UFTF mantiene que la sanción se fundamentó en disposiciones de la legislación de financiamiento político y en las irregularidades detectadas durante su proceso de fiscalización.

