El Gobierno de Honduras concedió asueto de medio día a los empleados de la Administración Pública para este lunes 2 de noviembre de 2026, con motivo de la conmemoración del Día de Difuntos. La disposición fue anunciada por la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización mediante un comunicado oficial, en el que se establece que la suspensión de labores comenzará a partir de las 12:00 del mediodía.
La medida tiene como propósito permitir que los funcionarios y trabajadores del sector público dispongan de tiempo para recordar y honrar la memoria de sus familiares y seres queridos fallecidos. Con esta disposición, los empleados beneficiados deberán cumplir con sus actividades laborales durante la jornada matutina y podrán retirarse a partir del mediodía, de acuerdo con lo establecido por las autoridades.
Sin embargo, el asueto no será aplicable a todas las dependencias estatales. La Secretaría de Gobernación aclaró que quedan exceptuadas las instituciones que, por la naturaleza de sus funciones, deben garantizar la atención de emergencias, desarrollar labores de prevención y proteger la vida de la población. Entre ellas se encuentran las entidades que integran el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SINAGER).
Asimismo, deberán continuar operando aquellas instituciones que prestan servicios esenciales y cuya atención no puede interrumpirse debido a las necesidades de la ciudadanía. Cada titular de institución o gerente tendrá la responsabilidad de determinar cuáles son las áreas indispensables que deberán permanecer activas para garantizar la continuidad de sus servicios durante la tarde del lunes.
El Día de Difuntos se conmemora cada 2 de noviembre y representa una fecha de tradición para numerosas familias hondureñas, que acuden a los cementerios para visitar las tumbas de sus seres queridos, colocar flores, limpiar los espacios y elevar oraciones en su memoria. La jornada también es aprovechada por muchas personas para reunirse con sus familiares y recordar a quienes han fallecido.
Con esta disposición, los empleados de las instituciones públicas que no estén comprendidas en las excepciones podrán gozar de la tarde libre, mientras que las dependencias encargadas de emergencias, prevención y servicios indispensables mantendrán las operaciones necesarias. Es importante señalar que la disposición corresponde a la Administración Pública y no establece un feriado obligatorio para los trabajadores del sector privado.

